Lo primero que debemos aclarar es que la verdad es un proceso. La verdad
objetiva no depende de la conciencia humana. Existe independiente de ella. Así,
por ejemplo, un crimen existe aún cuando no se encuentre el cadáver, ni se
conozca el autor. Tiene que seguirse un camino de investigación para alcanzar
la coincidencia entre la verdad subjetiva y la objetiva, esto es, entre el
conocimiento y el objeto. Es innegable que hay una interrelación entre verdad y
demostración o entre prueba y verdad.
En el pensamiento humano, en especial en el camino del conocimiento, se
presenta la relación prueba-verdad. No se discute, cuando se trata de las
ciencias fácticas que esa relación es vital, pues, la condición primaria y
necesaria para que una afirmación posea carácter científico es que este probada
(demostrada). Por contrario, en las ciencias culturales se admiten diversos
rangos: verosimilitud, probabilidad y certeza. No obstante, consideramos que en
el proceso, instrumento para la realización de la justicia, debe plantearse la
relación prueba-verdad, también como vital. En el proceso se va discutir si han
ocurrido ciertos hechos y para ello debe utilizarse la prueba para dilucidar
tal controversia.
En la relación prueba-verdad en el campo jurídico podemos ver las dos
formas más comunes, así: a) de carácter
conceptual: un juicio o proposición está probada si es verdadero y hay
elementos suficientes a su favor; aquí la relación supone un resultado, pero
puede ocurrir que una proposición esté probada y sea falsa; b) de carácter teleológico: la verdad es la
finalidad de la actividad probatoria, en este sentido la verdad no juega rol
definitorio de la prueba. Esta tesis sostiene que la finalidad principal de la
actividad probatoria es alcanzar el conocimiento de la verdad acerca de los
hechos ocurridos y cuya descripción se convertirá en premisa del razonamiento
decisorio.
El problema de la prueba en la
dimensión jurídica es que se ha visto signada por una visión sumamente
estrecha. Hoy día, con el avance en diversas disciplinas científicas se
presentan nuevas perspectivas como es en el campo de la lógica, la
epistemología y la psicología.
Bajo la visión de prueba legal se construyó un sistema probatorio cerrado,
formalista, con un conjunto de reglas probatorias que abarcaban las actividades
posibles de prueba de los hechos. No se pensó en un sistema dinámico, ni mucho
menos apreciar la verdad y la prueba como un proceso dialéctico.
Elaborado por Alexandra Mujica C.I V-26.798.288


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